| La legislación de la
Unión Europea ha establecido en el Convenio
Internacional del Aceite de Oliva del año 1986 la
denominación de "Aceite de oliva" únicamente al aceite
procedente del fruto del olivo, con exclusión de
aquellos obtenidos por disolventes o mediante mezcla con
aceites de otra naturaleza distinta. Esta denominación
tampoco es aplicable al aceite obtenido del orujo de la
aceituna. La
legislación distingue los siguiente tipos de aceite de
oliva para su comercialización:
1. Aceites de oliva vírgenes:
Aceites obtenidos a
partir del fruto del olivo únicamente por procedimientos
mecánicos u otros procedimientos físicos, en
condiciones, sobre todo térmicas, que no ocasionen la
alteración del aceite, y que los frutos no hayan sufrido
tratamiento alguno distinto del lavado, la decantación,
el centrifugado y la filtración, con exclusión de los
aceites obtenidos mediante disolvente o por
procedimiento de reesterificación y de cualquier mezcla
con aceites de otra naturaleza. Se trata de obtener el
"zumo" de la aceituna de forma natural, conservando todo
el sabor y las vitaminas del fruto.
Estos aceites serán
objeto de la clasificación y de las denominaciones
siguientes:
a)
Aceite de oliva virgen extra:
aceite de oliva virgen con una acidez libre,
expresada en ácido oleico, como máximo de 0,8 g por
100 g (acidez menor o igual a 0,8 grados). Dentro
del Aceite de oliva virgen extra, podemos distinguir
3 tipos:
a.1)
Monovarietal: Aquel que se obtiene a partir
de una sola variedad de aceituna.
a.2) Coupages: Aquel que se obtiene
a partir de diversas variedades de aceituna.
a.3) Denominación de Origen Protegida (D.O.P):
Aquel que se obtiene a partir de aceitunas
procedentes de un área geográfica concreta. El
aceite debe ser también elaborado y embotellado
en ese área, está sometido a ciertos controles y
la D.O.P. debe estar oficialmente reconocida. Si
desea más información sobre las D.O.P..
b)
Aceite de oliva virgen:
aceite de oliva virgen con una acidez libre,
expresada en ácido oleico, como máximo de 2 g por
100 g (acidez menor o igual a 2 grados).
c)
Aceite de oliva lampante:
Denominado así porque en la antigüedad era el que se
empleaba para las lámparas de aceite que iluminaban
los hogares. Es un aceite de oliva virgen con una
acidez libre, expresada en ácido oleico, superior a
2 grados.
La legislación vigente
no permite el envasado de aceite de oliva virgen que por
sus características organolépticas, o su grado de
acidez no se pueda incluir dentro de las denominaciones
de aceite de oliva virgen extra o aceite de oliva
virgen.
2. Aceite de oliva refinado:
Aceite de oliva obtenido
mediante el refino de aceites de oliva vírgenes, cuya
acidez libre, expresada en ácido oleico, no podrá ser
superior a 0,3 g por 100 g (acidez inferior a 0,3
grados). Es bastante habitual, que proceda de aceite de
oliva lampante que no puede envasarse para consumo
humano por su elevada acidez, pero que tras pasar por
este proceso de refinación química se logra disminuir la
acidez por debajo de 0,3º y puede envasarse y
distribuirse sin ningún problema.
3. Aceite de oliva compuesto exclusivamente por
aceites de oliva refinados y aceites de oliva vírgenes:
Aceite de oliva
constituido por una mezcla de aceite de oliva refinado y
de aceites de oliva vírgenes distintos del aceite
lampante, cuya acidez libre, expresada en ácido oleico,
no podrá ser superior a 1 g por 100 g (acidez no
superior a 1º) y cuyas otras características son
conformes a las establecidas para esta categoría. Este
es el aceite de oliva que se puede comprar a un precio
menor (aunque en los últimos tiempos, la diferencia de
precio con el aceite de oliva virgen es menor) y es el
que más se vende en España.
4. Aceite de orujo de oliva crudo:
Aceite obtenido mediante
tratamiento por disolvente del orujo de oliva (el orujo
de oliva es un subproducto de la aceituna), con
exclusión de los aceites obtenidos por procedimientos de
reesterificación y de cualquier mezcla con aceites de
otra naturaleza y cuyas otras características son
conformes a las establecidas para esta categoría.
El aceite resultante no es comestible y se le llama
aceite de orujo de oliva crudo. Se utiliza como
productor de energía y antiguamente para encender las
lámparas de aceite.
5. Aceite de orujo de oliva refinado:
Aceite obtenido mediante
refino de aceite de orujo de oliva crudo, cuya acidez
libre, expresada en ácido oleico, no podrá ser superior
a 0,3 g por 100 g. (Acidez no superior a 0,3º)
6. Aceite de orujo de oliva:
Aceite constituido por
una mezcla de aceite de orujo de oliva refinado y de
aceites de oliva vírgenes distintos del lampante, cuya
acidez libre, expresada en ácido oleico, no podrá ser
superior a 1 g por 100 g (Acidez no superior a 1º).Este
producto de natural tiene muy poco y en ningún caso
puede denominarse "aceite de oliva". |